Faculta a las autoridades para que, por cualquier tipo de queja o protesta, puedan disolver las concentraciones.
CIUDAD DE MÉXICO, 03 de mayo de 2014.– En Quintana Roo quien quiera manifestarse tendrá que pedir permiso a las autoridades.
El Congreso estatal aprobó la Ley de Ordenamiento Cívico de Quintana Roo, llamada popularmente “ley antimarchas”, y con ello se convirtió en el primer Estado que oficialmente concreta una ley en contra de las protestas sociales en espacios públicos.
La ley aprobada faculta a las autoridades para que, por cualquier tipo de queja o protesta, puedan disolver las concentraciones.
El diputado priista Juan Luis Carrillo Soberanis, quien preside la Comisión Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria, sostuvo que se trata de una ley que fue construida con las observaciones realizadas por el Ejecutivo estatal a la ley anterior.
Agregó que se escucharon recomendaciones del Alto Comisionado de las Organización de las Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos y de organizaciones como Artículo 19 y Amnistía Internacional (AI).
“Los cambios que realizamos son el resultado de una suma de voces, para concluir una ley con se ajusta estrictamente a todos los criterios internacionales y constitucionales”.
Para el legislador Sergio Bolio Rosado, quien además preside de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura, la Ley de Ordenamiento Cívico no invade esferas ni contrapone ninguna forma, pues guarda proporcionalidad entre el derecho de los manifestantes y el de terceros.
“Se regula el respeto a los participantes de las manifestaciones y también a los terceros que pueden ser afectados por la exaltación de los manifestantes”.
“Es una aberración jurídica”
El único diputado que subió a la tribuna para expresar su rechazo a la legislación fue Hernán Villatoro Barrios, quien afirmó que por mínima que sea, no debe existir regulación del derecho de la manifestación y la libre expresión.
“Es una aberración jurídica que pretende atacar la libertad de expresión, además de estar dirigida a futuras manifestaciones de maestros y taxistas”.
En su exposición de motivos, La legslación ofrece “brindar medidas de prevención y protección a los manifestantes y asegura que se busca evitar la criminalización de las protestas, aunque la administración pública garantizará el orden, la paz y la tranquilidad pública y protegerá a las personas que realicen manifestaciones, marchas y plantones en espacios públicos”.
• Una nueva forma de criminalizar: expertos
Aunque los diputados aseguraron que se escucharon voces de organismos de derechos humanos para aprobar la Ley de Ordenamiento Social, expertos en la materia y organismos como Articulo 19 han considerado que viola el derecho constitucional de la libertad de expresión.
La legislación ya había sido aprobada el 24 de marzo pasado, pero un día después el gobernador Roberto Borge la frenó momentáneamente por la cantidad de críticas que recibió.
Para Artículo 19, la norma “impone restricciones ilegítimas que son contrarias a los tratados internacionales”.
El experto en derechos humanos Jesús Robles Maloof la catalogó en marzo como una “sutileza macabra para reprimir” que ha caracterizado en su historia al Partido Revolucionario Institucional.
Su forma de reprimir no era la misma que se ejercía en el Cono Sur en los setenta. Sus formas eran sutiles. Hoy las ha retomado: probar a la opinión pública, mediante el ensayo y el error. Ver cuáles son los reflejos de la sociedad que defienden sus derechos con la publicación de leyes estatales”.
Para la periodista y activista Lydia Cacho, “la nueva Ley de Ordenamiento Social forma parte de una estrategia de Estado para acallar el disenso, la manifestación pública y cualquier crítica contra actos de corrupción, impunidad, opacidad y violencia perpetrados por el Gobierno de Borge”.
La norma recién aprobada es considerada una versión “light” de la de marzo.
Cacho afirmó en su cuenta de Twitter que, como siempre, el Congreso de #QuintanaRoo aprovecha días de asueto para dar albazos. Ley Borge #Antimarchas fue aprobada por el #PRI.
Qué dice la Constitución
> Artículo 6: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público.
> Artículo 7: Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio.
> Artículo 9: No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país… No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto.