Además clausura de manera total temporal dos Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales.
Mérida, Yuc. 23 de diciembre de 2015.– La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró un total de 2metros cúbicos de madera aserrada en escuadría y en rollo, además de clausurar de manera total temporal dos Centro de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas Forestales (CAT) ubicados en el municipio de Buctzotz.
Asimismo, se realizó el aseguramiento de las herramientas utilizadas en los CAT´s para las labores de transformación, entre ellas un banco con cinco discos, maquinaria fija tipo aserradero con torre de 10 hp y 1 canteadora de ¾ hp.
En una primera actuación, durante una visita de inspección, la Delegación Federal de la PROFEPA en el estado, detectó 2 metros cúbicos de madera aserrada y en rollo de bojon (Cordia alliodora) y granadillo yucateco (Platymisium), los cuales fueron decomisados por no acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales.
Posteriormente los inspectores de la PROFEPA localizaron dos CAT´s que no contaban con la autorización que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para la operación del inmueble, además de no exhibir el código de identificación que entrega la SEMARNAT para avalarlos como Centro de Almacenamiento y Transformación de materias primas forestales.
Otra de las irregularidades detectada fue que no presentaron al momento de la visita de inspección los libros de entradas y salidas, ni documento alguno donde se establezca el aviso de funcionamiento del CAT ante la SEMARNAT.
Por lo anterior, se procedió a la Clausura Total Temporal de los sitios en cuestión, determinando el cese de toda actividad, así como el aseguramiento de la totalidad del producto forestal identificado y la maquinaria fija tipo aserradero con torre de 10 hp,1 banco con cinco discos, 1 canteadora de ¾ hp.
Según la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, el carecer de la documentación o los sistemas de control establecidos para acreditar la legal procedencia de materias primas forestales, obtenidas en el aprovechamiento o plantación forestal comercial respectiva, se castiga con el equivalente de 100 a 20,000 veces de salario mínimo vigente.