Sala Superior del TEPJF revocó la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa.
Ciudad de México, 08 de mayo de 2015.– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió una sentencia en el sentido de que el proceso electoral no puede detener el avance del Estado, por lo que los programas sociales y la entrega de obra pública deben continuar bajo el principio de la igualdad.
La sentencia del TEPJF dio marcha atrás a la impugnación del PAN a una resolución del Tribunal Electoral del Estado que había dejado sin efectos en su parte tercera un acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, que ordenaba la suspensión de la entrega de obras y apoyos.
De esta forma, el Tribunal señala que los programas sociales, obras públicas y obras de gobierno tienen como propósito fundamental alcanzar ciertos logros o resultados en el ámbito político, económico o social para beneficiar a la ciudadanía y proteger y garantizar sus derechos constitucionales reconocidos, los cuales, bajo ningún concepto, pueden ser utilizados con fines que se aparten del principio contenido en el Artículo 134 constitucional, como es el relativo a la imparcialidad en el uso de los recursos públicos, en concordancia con la resolución aprobada por el Pleno de este Tribunal Electoral.
Con esta resolución, el TEPJF revocó la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa, que había confirmado el punto tercero del citado acuerdo que establece como alcance potencial la suspensión de los programas y/o beneficios sociales, así como de la obra pública durante el periodo de campaña electoral, los tres días previos al de la jornada electoral y durante ella.