El diputado David Barrera Zavala propuso crear la Ley de Voluntad Anticipada en Yucatán
Mérida, Yucatán, 14 de abril del 2016.- El diputado local del PRD, David Barrera Zavala hizo uso de la tribuna del Congreso para hacer entrega a la Mesa Directiva de la iniciativa de decreto por la que se crea la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Yucatán, así como diversas reformas al Código Penal y a la Ley de Salud ambas de este Estado.
Señaló que es necesario que el marco normativo de nuestro Estado, se ajuste a las necesidades de las personas que se encuentran en esta situación y esto es, abordando el tema de la “voluntad anticipada”.
Indicó que es necesario se legisle para regular que a través de un ordenamiento legal se establezca que a través de un documento se manifieste el derecho de las personas a expresar su voluntad de seguir viviendo o no, ante una enfermedad o accidente que lo deje en etapa terminal.
Explicó que la iniciativa de referencia tiene por objeto otorgarle a todas las personas y en especial a las que se encuentran padeciendo alguna enfermedad y sean declarados en etapa terminal el derecho de manifestar de forma libre, consciente, seria e inequívoca a través de un documento, su decisión sobre la forma en que quiere ser tratada médicamente ante enfermedades terminales o daños derivados de algún accidente que provoquen clínicamente una muerte cerebral irreversible, en el cual, se regula la ortotanasia o muerte digna, detalló.
El legislador perredista, señaló que debe entenderse por situaciones de muerte digna aquéllas en las que la dignidad humana parece encontrarse en una condición de oscurecimiento y lamentable ocaso, en las que la suspensión de la terapia aparece como una mejor alternativa; más humana que el simple pensamiento de la prolongación de una vida en condiciones deplorables.
Dio a conocer que en la ciudad de México, el 14 de diciembre del año 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal ahora ciudad de México, aprobó la Ley de Voluntad Anticipada. Desde entonces, otros 11 estados de la República Mexicana han promulgado leyes de este tipo: Coahuila, Aguascalientes, Hidalgo, Chihuahua, San Luis Potosí, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, Guerrero, Colima y Estado de México.
De igual manera, mencionó que la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual, fue promulgada por la Organización de las Naciones Unidas, cita en su artículo 3º, lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”, en su artículo 5º, señala: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Por lo que indiscutiblemente, se trata de un derecho legítimo que es al mismo tiempo básico, por lo que legislar sobre la voluntad del ciudadano ante como ser atendido frente a un padecimiento de tipo terminal representa una lucha por el reconocimiento del derecho a “morir con dignidad”, finalizó.