Este nuevo sistema penal opera en la entidad desde hace casi dos años
Mérida, Yucatán a 30 de abril de 2016.- A menos de dos meses para que se complete la implementación del sistema de justicia penal acusatorio y oral en todo el país, Yucatán continúa perfeccionando este nuevo sistema penal que ya opera en territorio estatal desde hace casi dos años.
En el marco de un conversatorio convocado por el Consejo de la Judicatura Federal, el cual inició ayer y concluyó este mediodía, jueces locales y federales del sistema penal, magistrados federales y locales y jueces de distrito con jurisdicción en el estado, plantearon la problemática cotidiana que se vive en el nuevo sistema penal y llegaron a una serie de acuerdos para superar estos retos y aplicar los ajustes necesarios, en el marco de la legalidad y en beneficio de los ciudadanos.
El presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de Yucatán, Marcos Alejandro Celis Quintal, expresó que el objetivo del nuevo sistema penal “es encontrar la verdad más allá de los resquicios legales y castigar los delitos con el rigor que establece la ley”.
En las dos jornadas que duró el conversatorio se trataron temas como la forma en que debe cumplirse el mandato legal por el que algunas resoluciones judiciales, no obstante que son explicadas y comunicadas a las partes en forma oral, deben contar con una versión escrita, además de que deben ser emitidas en un plazo de 24 horas, para lo cual se acordó un modelo de versión concentrado que se centre en la resolución del juez y refleje en sentido y la base de su motivación, ya que en este sistema debe imperar la oralidad.
Asimismo, en voz del coordinador de los jueces federales del sistema penal acusatorio y oral, Christian González Segovia, se llegó a la conclusión de que la oralidad prevalecerá también en los casos de revisión constitucional de las resoluciones, básicamente el caso del amparo, ya que en todos los casos se llevan registros en audio y video de las audiencias.
Al respecto, se expuso la postura común de los Jueces de Distrito, determinando que sólo se concederá el amparo en el caso de que la infracción a la oralidad haga evidente una violación al derecho de defensa. Esto es, cuando la defensa desconozca a tal grado el asunto, que sustituya por completo su argumentación por la lectura de constancias.
Igualmente se abordó el procedimiento abreviado, previsto en el Código Nacional de Procedmientos Penales y que permite a las partes llegar a un acuerdo, bajo una serie de requisitos, para acelerar el proceso ordinario. Actualmente en Yucatán 9 de cada 10 casos optan por la vía del procedimiento abreviado.