Ante el fenómeno de las desapariciones, el organismo ayudaría a encontrar a personas no localizadas: especialista
Mérida, Yucatán, 08 de octubre de 2020.– La Comisión de Búsqueda de Personas del Estado publicada en el Diario Oficial de la Yucatán el cinco de febrero pasado, aún no culmina con su instalación, se prevé que este organismo determine, ejecute y dé seguimiento a las acciones en la investigación de gente desaparecida.
Se trata de un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno (SSG), con autonomía técnica y de gestión.
De acuerdo con familiares de Erica A.C.D., la joven que apareció muerta veintiséis días después en Huhí, durante las primeras dos semanas, ellos se hicieron cargo de la investigación y no recibieron acompañamiento de las autoridades municipales, por los que consideraban importante un órgano de acompañamiento.
Expresaron que no solo tuvieron que lidiar con la pérdida de la joven de 24 años de edad, sino que además fueron acosados por hombres que enviaban propuestas sexuales y por personas aprovechadas que intentaban extorsionarlos vía telefónica, pues constantemente les pedían entre 5 mil o 10 mil pesos a cambio de “revelar” información del paradero de la mujer.
A decir de la investigadora y especialista en temas de género, Gina Villagomez Valdés, la sociedad yucateca está ante un fenómeno nuevo, pues antes no era común escuchar de tantas desapariciones en las localidades –sobre todo de mujeres–, que “aunque demográficamente no son muchas en comparación con otras entidades, son un número que debe encender los focos rojos”.
Al preguntarle su opinión sobre la Comisión de Búsqueda, respondió que se trata de un organismo de suma importancia, y precisó que de acuerdo a información que obtuvo, fue a principios de agosto pasado cuando nombraron a una representante para coordinar los trabajos que se requieren para su instalación.
AUTORIDADES CONTRA RELOJ
Según el decreto 177/2020, la Comisión de Búsqueda pertenece a SSG, y tiene por objeto impulsar, ejecutar, coordinar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no localizadas en el estado, de conformidad con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas aprobada el 17 de noviembre del 2017.
Cabe señalar que los tiempos para su conformación aún no han vencido, pues el gobernador, Mauricio Vila Dosal, deberá nombrar al director o directora de la Comisión de Búsqueda en un plazo no mayor a trescientos sesenta días naturales, contados a partir de su entrada en vigor, es decir que este plazo vencerá hasta el sábado 30 de enero del 2021.
Asimismo, el decreto explica que el mandatario estatal es el encargado de designar a los integrantes del Consejo Estatal Ciudadano, en un tiempo no mayor a ciento ochenta días naturales, contando a partir de su entrada en vigor, lo que significa que esta fecha venció el pasado tres de agosto.
De la misma forma se considera que el Consejo Estatal Ciudadano se instalará en un plazo no mayor a doscientos setenta días naturales, de acuerdo a la fecha, el plazo vencería el próximo primero de noviembre.
El documento precisa que el Consejo Estatal Ciudadano deberá emitir su reglamento interno dentro de los noventa días naturales siguientes a su instalación.
El Consejo Estatal Ciudadano estará integrado por, al menos, dos personas que sean familiares de personas desaparecidas; un especialista con prestigio la protección y la búsqueda de personas, y dos representantes de organizaciones de la sociedad civil especializadas en derechos humanos.
FUNCIONES DE LA COMISIÓN
Tal Comisión de Búsqueda deberá contar con una dirección, un grupo especializado de búsqueda, un departamento de análisis de contexto y procesamiento de información, una área de gestión y vinculación institucional, y demás de estructura administrativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Sin embargo, hasta ahora no se han dado a conocer mayores avances.
Entre las principales atribuciones se encuentran: contribuir en la participación directa de los familiares en el ejercicio de sus atribuciones; dar vista a la comisión y, de ser necesario, a las autoridades competentes y a los órganos de control interno sobre las irregularidades en las actuaciones de los servidores públicos, así como mantener relación y coordinación con otras autoridades, como la Secretaría de seguridad Pública (SSP) y la Fiscalía General del Estado (FGE).
Javier Escalante Rosado