Listo el plebiscito de Chapab

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Pobladores de ese municipio decidirán si se realiza o no una obra pública.

Mérida, Yuc. 14 de agosto de 2014.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán designó hoy en sesión extraordinaria a los ciudadanos que integrarán los Centros Receptores durante la jornada de consulta del Plebiscito a celebrarse el 31 de agosto próximo en el municipio de Chapab.

De acuerdo con los principios electorales de certeza y legalidad, los Consejeros Electorales ordenaron que personal adscrito a la Dirección Ejecutiva de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana, proceda a sellar todas y cada una de las cédulas de opinión que servirán para la jornada.

Durante la sesión celebrada esta tarde, el Consejo General también aprobó la lista de los funcionarios electorales que se desempeñarán como Asistentes para auxiliar en los Centros Receptores, en el presente proceso y durante la jornada de consulta, con lo que prácticamente la organización del Plebiscito está listo.

Como se recordará, mediante Acuerdo C.G.-007/2014 de fecha doce de junio del presente año, el Consejo General de este Instituto declaró la admisión de la solicitud del Plebiscito, respecto de la obra o acción de gobierno identificado como “la construcción de una obra pública en la explanada ubicada en la calle 26 por 25 y 27, a un costado de la Escuela Primaria Estatal Santiago Méndez Gil”, que pretende llevar a cabo el Ayuntamiento de Chapab e igualmente ordenó el inicio de la etapa de preparación para la celebración de la citada consulta ciudadana.

En la sesión de hoy el Consejo General designó a los ciudadanos que integrarán los 5 Centros Receptores y ordenó la publicación de la lista correspondiente, así como de la ubicación de los centros receptores, en tres periódicos de mayor circulación en el Estado, los días 26 y 31 de agosto próximo.

Se ordenó el sellado y agrupado de las Cédulas de Opinión Ciudadana que serán utilizadas durante la jornada de consulta del Plebiscito, previo a que sean enviadas a los Presidentes de los Centros Receptores que serán instalados en dicha localidad y una vez concluido el proceso de agrupado las cédulas sobrantes deberán ser inmediatamente canceladas.

Como medida de certeza y legalidad se ordena también que los actos relacionados con el sellado, agrupado y cancelado de la documentación anteriormente citada deberán constar en actas levantadas por el Secretario Ejecutivo en presencia  de la Contraloría de este Instituto y se establece que los Representantes Partidistas debidamente acreditados ante el Consejo General, podrán estar presentes.

Por otro lado con el fin de otorgar mayor certeza y profesionalización a la jornada de consulta ciudadana los Consejeros Electorales aprobaron la lista de funcionarios electorales que se desempeñarán como Asistentes para auxiliar en los Centros Receptores, en el proceso y durante la jornada.

Entre sus funciones están las siguientes: Auxiliar a los Presidentes de los Centros Receptores, en los trabajos de recepción y distribución de la documentación y material respectivo, en los días previos a la Jornada de Consulta Ciudadana; Verificar la instalación,

funcionamiento y clausura de los Centros Receptores; Informar al Consejo General sobre los incidentes ocurridos durante la Jornada de Consulta Ciudadana y colaboración en la solución de los mismos; Apoyar en la remisión de los paquetes de los Centros Receptores instalados en el Municipio de Chapab, al Consejo General de este Instituto.

En el supuesto de que a las 09:00 horas del día de la jornada plebiscitaria, no estuviere presente algún funcionario de los Centros Receptores, el Asistente deberá informar de inmediato al Consejo General, a fin de que éste tome las medidas necesarias al respecto y se establece que en ningún caso los Asistentes podrán sustituir a los funcionarios de los Centros Receptores, ni obstaculizar o interferir en las funciones de los representantes del Municipio de Chapab, y/o de los ciudadanos solicitantes del Plebiscito, permaneciendo en las casillas el tiempo estrictamente necesario para cumplir con las funciones anteriormente descritas.