Identifican a automovilistas que dañan “El Playón”

Imagen 1

La PROFEPA interpuso denuncias contra esos guiadores ante la PGR por poner el riesgo la anifación de tortugas en esa zona 

Puerto Progreso, Yucatán, 9 de octubre de 2017.- Luego de realizar recorridos de vigilancia, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) obtuvo los números de placas de aquellos automóviles que circulan sobre la arena de la zona de “El Playón” en Puerto Progreso, poniendo en riesgo la anidación de tortugas, por lo que esa dependencia ya inició los procedimientos correspondientes. También se interpusieron denuncias ante la Procuraduría General de la República (PGR).

En el pasado mes de septiembre, la PROFEPA instaló más de 30 vigas en la zona antes mencionada, como medida de urgente aplicación para evitar la afectación de hábitat de anidación de tortugas marinas.

Sin embargo, en recorridos de vigilancia, personal de esa dependencia se percató que algunos conductores no respetaron dicha medida y seguían transitando a bordo de sus unidades sobre esa playa. Por lo que se investigó cuales eran las placas de esos vehículos, a fin de aplicarles la sanción correspondiente.

Así mismo, se han realizado denuncias por este hecho ante la PGR en contra de los propietarios de dichos autos, por el incumplimiento a la medida de urgente aplicación instaurada por la PROFEPA, así como por la remoción de las vigas y letreros instalados.

La tortuga marina es una especie en Peligro de extinción (P), la cual está enlistada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, por tratarse de una especie cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica de su hábitat, entre otros.

La Ley General de Vida Silvestre en su Artículo 122, Fracción I, establece que realizar cualquier acto que cause la destrucción o daño de la vida silvestre o de su hábitat, en contravención a lo dispuesto en dicha ley, constituye una infracción que puede ser sancionada con el equivalente de 50 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización –salarios mínimos-.

Por su parte, el Código Penal en su Artículo 420, Fracción I, establece una pena de uno a nueve años de prisión al que ilícitamente capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o subproductos. Ese ordenamiento legal también establece como delito el resistirse al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal, con una pena de 1 a 2 años de prisión.