No se alcanzó la mayoría de votos de los ministros, por lo que no se invalidará la Ley de Transporte
Mérida, Yucatán, 25 de mayo de 2017.- Debido a que no se obtuvo la mayoría calificada de votos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), este jueves se desechó la acción de inconstitucionalidad que plantearon los diputados del PAN y Morena, por lo que no se invalidaron artículos de la reforma a la Ley de Transporte de Yucatán, que regula a plataformas tecnológicas como Uber.
En la sesión acudieron 9 de los 11 ministros, y aunque la mayoría votó a favor de invalidar conceptos de esa ley yucateca, no obtuvieron los 8 votos que se requerían.
En la discusión de este día, los ministros se concentraron en temas como si las plataformas deben cobrar exclusivamente en tarjetas de crédito o debito a sus usuarios, como planteó el Gobierno del Estado en la reforma que aprobaron la mayoría de los diputados.
Ministros como Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zalvidar Lelo de Larrera, indicaron que no es facultad de los Congresos locales determinar decisiones en temas de comercio, y que es discriminatorio que no se le permita a los clientes de esas compañías pagar en efectivo, “porque no todos tienen acceso a tarjetas de crédito”
Señalaron que estaban en contra de este tipo de medidas “porque pareciera que se quiere generar un servicio para privilegiados o de castas”.
Por su parte, el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, y el ministro ponente de este caso, Alberto Pérez Dayán, sostuvieron que cobrar con los plásticos es para diferenciar este tipo de servicios de transporte de otros como los taxis, además de que sirve para garantizar control y seguridad a los clientes y propios operadores.
Los cuatro ministros que estuvieron a favor del pago exclusivo con tarjetas, recalcaron que desde antes de que se regule a este tipo de plataformas en Yucatán, éstas ya cobraban de esta manera a sus clientes.
José Mario Pardo Rebolledo recalcó que con esta ley, el Gobierno del Estado busca que se pueda regular a las plataformas de una manera distinta a la de los taxis, “y haya un orden, para que puedan coexistir, sin que se afecten los unos a los otros”.
Como hemos informado, en la sesión anterior -realizada el martes pasado-, los integrantes del pleno validaron la exigencia de ser dueños de los vehículos para obtener el certificado para prestar el servicio de transporte a través de plataformas tecnológicas. Esto significaría que las autoridades estatales podrán mantener el registro de los autos de Uber y sus choferes, trámite que no ha querido realizar dicha plataforma.
También acordaron que los carros tengan una antigüedad no mayor de siete años, que cuesten más de 200 mil pesos, que tengan siete asientos máximo, cuatro puertas y otras especificaciones, para garantizar la seguridad de los usuarios.
Con las últimas resoluciones de este día, la SCJN desestimó el recurso de acción de inconstitucionalidad que presentaron los diputados de PAN y Morena por el caso Uber, por lo que no se invalidará la reforma a la Ley de Transporte. (Herbeth Escalante)