La Sagarpa concedió en 2012 un permiso a Monsanto para sembrar soya genéticamente modificada, lo que según los demandantes implicaba el riesgo de contaminación.
CAMPECHE, 15 de abril de 2014.- Organizaciones de apicultores mayas de Campeche ganaron un segundo amparo contra el permiso concedido a la empresa Monsanto para la siembra de soya transgénica en 253 mil hectáreas en siete estados.
Las asociaciones Productores Unidos Lol K´ax; Productos de Miel Real el Panal de Suc-Tuc; Miel y Cera de Campeche; Koloolel Kab y Unión de Apícolas Indígenas Cheneros interpusieron el amparo el 28 de junio de 2012 contra el permiso concedido por la Sagarpa para la liberación en fase comercial de soya genéticamente modificada.
El juez determinó que las actividades realizadas por las sociedades morales que presentaron el juicio de amparo el 28 de junio de 2012, tiene un estrecha vinculación con las comunidades indígenas de Campeche, razón por la cual aplicó los estándares de protección en materia de derechos de los pueblos originarios.
Aunque no se pronunció sobre la importancia que tiene la producción de miel a nivel estatal y nacional, la sentencia garantiza que al no sembrarse soya genéticamente modificada, la apicultura no correrá el riesgo de contaminarse, salvaguardando el principal mercado de exportación que es la Unión Europea, cuyos estándares de tolerancia hacia organismos genéticamente modificados son prácticamente cero.
Esta sentencia, se suma a la emitida el día 6 de marzo del presente año, dentro del juicio de amparo 753/2012, en donde el mismo Juzgado Segundo de Distrito amparó a las comunidades mayas de Pac-chen y Cancabchen, en contra del mismo permiso otorgado a Monsanto.
En esa ocasión el juez también consideró la violación al derecho a la consulta, así como al debido proceso por el ilegal dictamen de impacto ambiental emitido por la Semarnat.
De esta forma la Sagarpa tiene la obligación de garantizar que no se sembrará soya transgénica en el estado y si pretende reactivar dicho permiso en Campeche, tendrá que cumplir con dos requisitos indispensables: que efectuará un nuevo dictamen de impacto ambiental que considere las opiniones de Conabio, Conanp e INE, y aplicar un proceso de consulta, libre, previa e informada, a todas las comunidades mayas asentadas en los municipios afectados con el permiso, de conformidad con los más altos estándares nacionales e internacionales de protección en materia de derechos humanos y derechos de los pueblos originarios. (El Financiero)