Determinan como infundados los agravios supuestamente cometidos contra una persona vinculada a proceso por un delito de lesiones.
Mérida, Yucatán a 21 de febrero de 2014.- La primera Sala Colegiada del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, resolvió en forma unánime infundados los agravios por parte de la defensa de una persona vinculada por un delito de lesiones.
En la propuesta de resolución elaborada por el Magistrado Ricardo de Jesús Ávila Heredia, quien es presidente de la Sala y fue ponente en este asunto, se estableció que no se advirtieron actos de violación a los derechos fundamentales del detenido, que dieran lugar a invalidar la audiencia de vinculación a proceso y la medida cautelar impuesta el 17 de enero pasado por la juez de Control del Juzgado Primero del 4º Distrito que fue de seis meses de prisión preventiva.
El Magistrado Ávila Heredia sometió la propuesta a consideración de los demás integrantes de la Sala, Magistrada Ligia Aurora Cortés Ortega y Magistrado Luis Felipe Esperón Villanueva, quienes la aprobaron por unanimidad.
La audiencia se realizó el viernes pasado, en la Sala de Oralidad del Tribunal Superior de Justicia en esta ciudad y en ella estuvieron presentes el detenido y su defensa, así como los representantes de la Fiscalía, aunque la víctima no estuvo presente.
Durante la audiencia la defensa del sentenciado alegó que en su resolución la Juez de control no observó las reglas de la sana crítica en la valoración de diversas probanzas. Por el contrario, la Fiscalía argumentó que dicha resolución sí atendió a una valoración de pruebas adecuada.
En el pronunciamiento asumido en este asunto por esa Sala Colegiada, se determinó que prevalezca la determinación de la Juez de Control del Juzgado Primero del 4º Distrito en los que términos en que se emitió.