Ratifican legal detención de dos sujetos que poseían mariguana con fines de comercializarla.
Mérida, Yuc. 25 de septiembre de 2015.– La autoridad judicial ratificó de legal la detención de dos hombres por el delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo en su variante de posesión con fines de suministro de narcótico denominado cannabis, en la primera audiencia que se realiza bajo el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), que entró en vigor el pasado 22 de septiembre en nuestro estado.
En la sala 1 del Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), la jueza de control del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral, Suemy del Rosario Lizama Sánchez, ratificó de legal la detención de Florencio V. De la R. y Jesus H. P. Q., después de que escuchara la exposición de los fiscales.
En la misma audiencia, la autoridad ministerial comunicó al detenido que se le sigue una investigación, es decir, le formularon imputación. La jueza Lizama Sánchez preguntó a los detenidos si deseaban contestar a los cargos que se les imputaron, pero ambos se reservaron su derecho a declarar.
Seguidamente, los fiscales solicitaron la vinculación a proceso. La jueza explicó a los detenidos que la vinculación tiene por finalidad resolver su situación legal, por lo que los imputados, previa comunicación con su defensora, tomaron la duplicidad del término que la Constitución les ofrece, es decir, pidieron que se realizara en un plazo de 144 horas (6 días). La jueza Lizama Sánchez fijó el día 30 de septiembre a las 10:00 horas para continuar con la audiencia inicial, en la que se llevará la vinculación a proceso.
Los fiscales solicitaron el debate de las medidas cautelares, pidiendo la prisión preventiva. Al combatir la solicitud de los fiscales, la defensa consideró la medida como excesiva e invocó el artículo 167 del CNPP, que refiere que, en este caso, se aplican las medidas cautelares oficiosas establecidas en la ley General de Salud. Luego de analizar el debate, en su resolución la jueza encontró la necesidad de cautela, aunque menos gravosa.
Los fiscales solicitaron entonces la imposición de estas medidas: la presentación periódica del imputado ante un juez o autoridad que se designe y la prohibición de salir del Estado por el tiempo de ocho meses. Cabe mencionar que estas medidas pueden ser revisadas en una audiencia posterior.
La jueza accedió a las medidas cautelares, determinando que los imputados acudirán diariamente ante la Dirección de Control de Procesos a firmar hasta el día 30 de septiembre, para posteriormente, en caso de una vinculación, acudir cada 15 días a la misma agencia.
Cabe señalar que estas medidas cautelares quedarán bajo la supervisión del Centro Estatal de Supervisión de las Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, que es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
En la audiencia, los fiscales mencionaron que los hechos, que dieron lugar al caso 91/2015 de este juzgado de control, ocurrieron el 22 de septiembre a las 18:25, cuando los imputados caminaban sobre la calle 7 diagonal de Juan Pablo II, pero al ver a un agente policiaco corrieron como reacción a su presencia.
Debido a eso, el agente les dio alcance y al solicitarles que mostraran sus pertenencias encontró en la mochila de uno 116 bolsitas de hierba seca, que, posteriormente, los peritos determinaron como cannabis y en la del otro detenido encontró 24 envoltorios del mismo narcótico.