Su abogado lamentó que el niño no tenga personalidad jurídica, ya que no le emitieron su acta de nacimiento.
Mérida, Yucatán, 13 de febrero de 2015.- Una pareja de mujeres, que en enero del año pasado contrajo matrimonio legal en Yucatán, ha presentado un amparo ante la justicia federal, luego que el Registro Civil les negó asentar a su hijo y no les emitió el acta de nacimiento.
El mes pasado, dicha pareja, conformada por Lorena y Karla, solicitaron ante este organismo el poder registrar a su hijo con el apellido de ambas, pero se les negó bajo el argumento de que no pudieron acreditar el vínculo consanguíneo del padre y de la madre.
Ante esta situación, su abogado Jorge Fernández Mendiburo, precisó que se trata de una clara discriminación a sus derechos humanos, a pesar de que la pareja de mujeres logró contraer matrimonio ante la ley, luego de un juicio que ganaron en 2014.
“La sentencia de amparo que ellas obtuvieron en enero del año pasado, que les permitió casarse, dice que el Código de Familia se tiene que aplicar con el criterio de igualdad y no discriminación, es decir, obliga a todas las autoridades, incluido el Registro Civil, a seguir los mismos criterios cuando ellas exigen sus derechos, como en este caso, de registrar a su hijo”, explicó.
Su bebé nació en noviembre pasado, luego que Karla se sometió a un tratamiento de reproducción asistida en una clínica especializada, que como sucede en estos casos, está respaldo con candados legales.
“No buscaron un tipo de acuerdo con una persona para embarazarse, tampoco hay riesgo de que un padre reclame el derecho a reconocer a su hijo, es decir, fue un procedimiento anónimo, de inseminación artificial, y cuentan con todas las protecciones legales”, explicó.
El abogado y activista resaltó que el Registro Civil no sólo está discriminando a estas mujeres, sino que la negativa representa una violación a los derechos del niño, ya que actualmente no tiene una personalidad jurídica al carecer del acta de nacimiento.
“A sus dos meses y medio de nacido no lo quieren atender en ninguna institución de salud, ya que no tiene acta de nacimiento, es decir, el niño se encuentran en una situación de desprotección”, recalcó.
Lamentó que el Registro Civil no quiso realizar el trámite por el simple hecho de que se trata de una pareja de mujeres, en vez de pensar en el interés superior de la infancia.
Fernández Mendiburo criticó el criterio de vinculación consanguínea que aplicó el instituto en este caso, ya que entre las parejas heterosexuales “ni se inmutan en averiguar si genéticamente es su hijo cuando van a registrarlo”.
“Lo que no toma en cuenta el Registro es que Lorena y Karla son un matrimonio que cumplió con las formalidades legales, es escandaloso que no quieran reconocer a su hijo, que les pongan tantas trabas para emitirle su acta de nacimiento”, añadió.
El abogado informó que la pareja presentó un amparo ante un juez federal del quinto distrito, el cual hace unos días abrió el juicio, por lo que esperan que en dos meses la sentencia les sea favorable, debido a los más recientes avances en materia de derechos humanos y diversidad sexual.
“Es lamentable que a pesar de que ya tenemos más de 15 sentencias que han beneficiado a parejas del mismo sexo para que puedan casarse en Yucatán, y otro tantos de amparos, las instituciones del Estado sigan manteniendo su postura de cerrazón, de no querer reconocer los hechos que se están dando, de rechazar la igualdad”
Declaró que Lorena y Karla están muy animadas con este nuevo proceso legal, pues confían que será una batalla que prosperará para abrir el camino de más parejas que están en esa misma situación, y que buscan registrar a sus hijos con sus apellidos. (Herbeth Escalante; Foto de Archivo)