Libres los 11 detenidos del 20 de noviembre

Primer revés para la PGR, al consignar sin presentar elementos suficientes para demostrar los delitos de asociación delictuosa, motín y tentativa de homicidio 

México, 30 de noviembre de 2014.- En lo que va de la actual administración, la Procuraduría General de la República (PGR) sufrió su primer revés al consignar sin presentar elementos suficientes para demostrar los delitos de asociación delictuosa, motín y tentativa de homicidio, lo que originó que el juez ordenara la libertad de los 11 detenidos el pasado 20 de noviembre en el Zócalo capitalino.

 

Para el juez Decimoséptimo de Distrito en Veracruz, con residencia en Xalapa, las pruebas aportadas por el agente del Ministerio Público de la Federación no fueron suficientes para procesar a los 11 inculpados; tampoco otorgó valor probatorio a las declaraciones de los policías federales que realizaron la detención, por ser contradictorias.

 

Los ocho hombres recluidos en Veracruz fueron liberados cerca de las 15:30 horas de ayer, mientras que las tres mujeres salieron del penal de Nayarit pasadas las 19:00 horas. Laurence Maxwel fue turnado a autoridades migratorias para revisar su estatus.

En lo que se refiere a tentativa de homicidio, el juez reclasificó el delito por el de lesiones en contra de uno de los agentes federales que estaba la noche del 20 de noviembre.

Dentro de la causa penal 45/2014, el juez Juan Carlos Ramírez resolvió que la declaración de los policías adscritos a la División de Fuerzas Federales no demuestran que el grupo de personas detenidas haya intentado privar de la vida a uno de sus compañeros.

Al rendir su declaración, los agentes federales dijeron que todos los golpes que recibieron durante el enfrentamiento fueron a su escudo, a su equipo de protección; incluso señalaron que los propios agresores, al propinar los golpes en el equipo de seguridad, se hicieron daño ellos mismos.

En ese sentido el juez dijo que “no resulta lógico deducir que si unas personas pretenden privar de la vida a otra, se hagan daño ellas mismas; esto es, su intención no se ve encaminada a privar a una persona de la vida, porque sin justificar el actuar de los agresores, se trata de una contienda que se origina porque advirtieron los agentes aprehensores que se veía amenazado el Estado Mayor Presidencial y por eso decidieron intervenir”.

Otra inconsistencia de los agentes federales fue que declararon que durante la trifulca en la que fueron golpeados, eran 30 los agresores, cifra que después aumentaron a 46 o 48 y al final los detenidos fueron 11.

“Al no explicar o dar una razón fundada de por qué variaron el número de participantes que provocan la zozobra entre los manifestantes que pacíficamente acudieron a manifestarse al Zócalo de la ciudad de México, crea incertidumbre y resta credibilidad a su dicho”, sostuvo el juez.

Los agentes también aseguraron haber sido agredidos con palos, piedras, bombas molotov y petardos, pero los objetos no fueron asegurados para presentarlos como evidencia, quedando únicamente como asegurados los teléfonos de los indiciados.

Respecto al delito de asociación delictuosa, las cuentas de correos electrónicos, de Facebook y otras redes sociales de los inculpados fueron rastreadas por la Dirección General de Prevención de Delitos Cibernéticos de la Policía Federal, sin embargo, no se encontró relación alguna entre las 11 personas. “Ante la insuficiencia probatoria aportada por la Representación Social de la Federación y al no encontrarse demostrado en autos, en un grado indiciario de certidumbre jurídica que lleve a estimar demostrada la actualización de los elementos del cuerpo del delito de asociación delictuosa, procede dictar auto de libertad por falta de elementos para procesar”, resolvió el juez.

Asimismo, indicó que no se presentaron pruebas en las que se especificara y se pudiera comprobar que pertenece a algún grupo o banda criminal, como lo establece el artículo 164 del Código Penal Federal que, para acreditar asociación delictuosa, el grupo deberá estar integrado mínimo por tres personas y que dicha asociación tenga un acuerdo previo para delinquir.

Por último, el juez resolvió que en lo que respecta al delito de motín, no hay prueba suficiente que evidencie que los indiciados se ubican en las circunstancias de modo, tiempo y lugar de ejecución de dicho delito.

Para el titular de dicho órgano jurisdiccional, el agente del Ministerio Público Federal no pudo comprobar que los 11 inculpados pusieran en peligro la seguridad del Estado por el uso de violencia con la que se expresó una inconformidad “cuyo único fin se hace consistir en hacer, a través de actos violentos o de manera intimidatoria hacia la autoridad, el uso de un derecho, reconocido o no por las autoridades o pretextando su ejercicio o evitar el cumplimiento de una ley”. (El Universal)