Cancelarían derechos de patria protestad a padres que cometan un feminicidio
Mérida, Yucatán, 30 de agosto de 2020.– El diputado Miguel Edmundo Cándila Noh, presentó una iniciativa en el Congreso del Estado para adicionar el artículo 278 bis, y la fracción VII al artículo 308 del Código de modificar el Código Penal del Estado de Yucatán.
Afirmó que la iniciativa, la planteó por los hechos de violencia que han sufrido las mujeres yucatecas por feminicidio, homicidio en razón del parentesco o relación, y en especial cuando su victimario, es su cónyuge o pareja sentimental con la cual han procreado hijos.
Dijo que en estos casos, cuando hay presencia de hijos menores de edad según lo dispuesto por el artículo 278 del Código de Familia para el Estado de Yucatán, los menores de edad quedan bajo su patria potestad mientras exista alguno de los ascendientes.
«Hasta que un Juez Penal, le dicte una sentencia al homicida, en la cual pierda los derechos sobre la patria potestad del menor, en estos casos le corresponde según lo establecido en el Código de Familia para el Estado de Yucatán, que la patria potestad de los hijos menores de edad es para los abuelos Paternos y después para los abuelos maternos», sostuvo.
Por esa razón presento esta iniciativa para que la ley cambie, y se proteja a los hijos de la víctima, que si es por estos casos los hijos menores queden bajo el cuidado y patria potestad de los abuelos que sufrieron la perdida de la hija, y en caso extremo de no existir sean los hermanos de la víctima quienes asuman dicho cargo.
Redacción