Pruebas ginecólogas determinaron que la denunciante no fue abusada sexualmente, en controvertido caso de Valladolid
Valladolid, Yucatán, 03 de septiembre de 2015.- La autoridad judicial resolvió, basada en los requisitos que establece la ley vigente, la no vinculación de tres personas detenidas en relación al delito de violación equiparada, debido a que no hubo elementos que confirmaran los hechos señalados por la denunciante.
En una audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Valladolid, la jueza de control del quinto distrito judicial del estado con sede en esta ciudad, Diana Yadira Garrido Colonia, estableció en su resolución que el examen ginecológico practicado a la denunciante aportó datos de penetración no reciente, de manera que no hubo más elementos para sostener su dicho y el de los fiscales en relación a los hechos denunciados.
Dijo que su decisión estuvo basada en lo que establece el artículo 284 del Código Procesal Penal vigente en el estado, que señala como requisito para que el juez decrete la vinculación a proceso penal de un imputado: “que de los antecedentes de la investigación expuestos por el fiscal investigador, se establezcan medios de prueba que permitan establecer razonablemente la existencia de un hecho o hechos que las leyes del Estado califiquen como delito y la probabilidad de la autoría o participación del imputado en el hecho”.
En la audiencia, que duró siete horas y media, estuvieron presentes los tres imputados Luis Armando A.U., Antonio Javier N. Y. Y Miguel Angel P. S., quienes refirieron trabajar para una empresa privada que se dedica a la reparación de vías férreas.
De esta forma, se decretó inmediata libertad y se dejó sin efecto legal la medida cautelar provisional personal de prisión preventiva que se había establecido desde su imputación el sábado 29 de agosto del presente. Este caso es el 21/2015 de este juzgado de control.
De acuerdo con la ley vigente, los fiscales investigadores cuentan con un plazo de 6 meses para seguir investigando y aportar datos de prueba en caso de que decidan volver a solicitar la imputación con relación a los hechos señalados como delito.